Después de 7 años de debate entre entes reguladores, miembros de la industria y organizaciones civiles, el pasado 5 de junio del 2021 el Instituto Federal de Telecomunicaciones emitió los llamados Lineamientos para la gestión de tráfico y administración de red a la cual deben ajustarse los proveedores de internet y tendrán 60 días naturales para realizar las diligencias pertinentes, por lo cual a partir del 3 de septiembre de este año ya entran en vigor estos lineamientos.
En esencia se pretende que se respete el acceso a internet como un derecho humano, ya que como lo menciona el comunicado emitido por el IFT, se pretende seguir con la filosofía estipulada por la Unión Internacional de Telecomunicaciones, la cual menciona que al ser una tecnología de la comunicación ha pasado a ser un medio fundamental en el cual las personas pueden ejercer el derecho a la libertad de expresión, acceso a la información y es una herramienta fundamental en cuanto a educación, trabajo, salud, desarrollo personal etc Por lo cual se quiere evitar que los proveedores tengan injerencia directa o indirectamente en las decisiones de los usuarios, en cuanto a que servicios consumir.
Mencionaremos algunos de los lineamientos expuestos en los acuerdos emitidos por el IFT, los siguientes aplican tanto a servicio de internet fijo como a telefonía móvil.
- El proveedor de internet debe garantizar el libre acceso a los servicios, aplicaciones y contenidos en internet respetando la libre elección de los usuarios, sin que represente un obstáculo o dificulte de alguna manera el acceso a estos servicios. Tampoco puede limitar o degradar el acceso a los servicios antes mencionados en cuanto a conexión se refiere.
- Además, los proveedores no podrán bloquear o limitar el acceso a contenidos, aplicaciones o servicios a menos que este represente un riesgo para la seguridad de la red el cual tiene que ser técnicamente comprobable, congestión excepcional de la red esto sin incurrir en la discriminación de algún servicio, en situaciones de emergencia y desastres que pongan en riesgo la operación de la red, pero esta medida tendrá que ser de manera temporal.
- Los proveedores podrán establecer políticas en la gestión del tráfico que estén enfocadas en asegurar la calidad, capacidad y velocidad del servicio que fue contratado por los usuarios.
También en dichas políticas se tiene que contemplar la preservación de la integridad y seguridad en la red, estas no pueden contradecir los puntos anteriores. - Los proveedores deben respetar el derecho de los usuarios a incorporar o utilizar cualquier tipo de dispositivo, terminales, aparatos, etc. que se conecten más allá del punto de conexión brindado por dicho prestador del servicio. Por lo cual no pueden limitar las funcionalidades de estos instrumentos o aparatos.
- Deben garantizar la privacidad y la inviolabilidad de las comunicaciones privadas de los usuarios, es decir, a pesar de que podrán inspeccionar el tráfico con fines de evitar un congestionamiento en la red, no podrán acceder a los datos cifrados o hacer una inspección más profunda en las comunicaciones de los usuarios.
- Los proveedores podrán ofrecer acceso gratuito a servicios, páginas o aplicaciones de entidades y dependencias gubernamentales e instituciones financieras, esto sin estar condicionado a la disponibilidad de datos o vigencia de plan. Cabe destacar que es opcional al patrocinio de dichas instituciones, el proveedor no está obligado a proporcionar. Esto con el fin de ir reduciendo la brecha digital y ser inclusivos en el uso de estas tecnologías.
- También tendrán que ser transparentes con sus políticas aplicadas en cuanto a gestión de tráfico y administración de la red, el cual tendrá que ser de fácil entendimiento y acceso para los usuarios, además esto incluye también a las políticas de contratación y tarifas.
Zero Rating
¿Has escuchado de dicha compañía que te ofrece, por ejemplo, Facebook, Uber, Netflix o WhatsApp (por mencionar algunas) sin cargo extra o sin que estas aplicaciones consuman tus datos?
Bueno, eso es un ejemplo de zero rating, las empresas tanto de servicios online como proveedores web llegan a un acuerdo con beneficio mutuo en el cual se ofrecen este tipo de servicios sin costo extra o sin cargo adicional de datos.
Los lineamientos emitidos por el IFT también contemplan este tipo de prácticas, dando el visto bueno a que se sigan implementando. Pero el proveedor no podrá dar beneficio de ancho de banda a estos servicios o entorpecer a los servicios que compitan directamente con la empresa que haya hecho convenio. Dando un ejemplo, tu proveedor te puede ofrecer tener Netflix sin costo, pero esto no significa que el pueda entorpecer la conexión si quieres usar Amazon Prime. Hace algunos años este tipo de prácticas se llevaban a cabo y el usuario termina por desistir de usar otro servicio alterno al que el proveedor le ofrece.
Con esto se pretende lograr una imparcialidad en el uso de los servicios de internet, sin que la empresa que brinda este servicio tenga alguna influencia en la decisión final de los usuarios.
Salvemos internet es una coalición que la conforman varias organizaciones encabezadas por la Red en Defensa de los Derechos Digitales, la cual ha condenado la implementación de estos lineamientos, pero no porque estén en contra de la neutralidad en la red. Ellos argumentan que no hay una buena estructura de estos nuevos acuerdos ya que en ellos no se contempla la supervisión sobre el cumplimiento de estos lineamientos, lo que daría lugar a malas prácticas y esto caería en gestiones arbitrarias que terminarían afectando a los usuarios finales.
También exponen su preocupación en la aplicación del zero rating, ya que esto afectaría directamente a las pequeñas empresas desarrolladoras o startups nuevas que quisieran competir con las empresas dominantes, ya que al no tener los mismos recursos tanto financieros como administrativos las dejaría fuera de la libre competencia. Lo cual supondría una monopolización del mercado y sería una contradicción a lo que es la neutralidad de la red.
Otra de las inquietudes es que este tipo de lineamientos afecte a los servicios que ocupan protocolos de navegación distintos como son las redes virtuales privadas (VPN) o la navegación en TOR.
Esta organización ya ha impugnado en contra de algunos lineamientos que se habían propuesto en diciembre del 2019 en el cual se consideraba la posibilidad de bloquear aplicaciones, servicios, y contenidos de internet por orden de una autoridad, lo cual habría dado paso a la censura. Gracias a esta oposición, esa propuesta quedó descartada en los lineamientos finales.
Igualmente, este año buscarán un amparo para que se evalúen mejor estos acuerdos, ya que también mencionan que estos lineamientos sólo benefician a los proveedores de estos servicios y contradicen toda la filosofía de la neutralidad en internet.
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Escrito Por:
Alan Tapia
Security Consultant